La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, introduce cambios significativos en el ordenamiento de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. El artículo 59.1 de la Ley organiza estas enseñanzas en tres niveles: básico, intermedio y avanzado, que se adecuan a los establecidos por el Consejo de Europa en el documento Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación. Asimismo, el citado artículo dispone que las enseñanzas de nivel básico tendrán las características que las Administraciones educativas determinen.



ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS

De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 59.1, las enseñanzas de idiomas de régimen especial se organizan en tres niveles: básico, intermedio y avanzado.

NIVEL BÁSICO (cursos Nivel Básico 1 y Nivel Básico 2) 

Las enseñanzas del nivel básico tendrán una duración de 280 horas (dos cursos escolares), salvo para los idiomas español como lengua extranjera (impartido al alumnado de origen asiático), árabe y chino, cuya duración será de 420 horas.

Al finalizar este nivel, el alumnado deberá superar una prueba específica para obtener el certificado de nivel básico.

El mencionado certificado acreditará un nivel de competencia A2, tal y como éste se describe en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas del Consejo de Europa

NIVEL INTERMEDIO – (cursos Nivel Intermedio 1 y Nivel Intermedio 2)

Las enseñanzas del nivel intermedio tendrán una duración de 280 horas (dos cursos escolares), salvo para los idiomas árabe y chino, cuya duración será de 420 horas.

Al finalizar este nivel, el alumnado deberá superar una prueba específica para obtener el certificado de nivel intermedio.

El mencionado certificado acreditará un nivel de competencia B1, tal y como éste se describe en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas del Consejo de Europa

NIVEL AVANZADO – (cursos Nivel Avanzado 1 y Nivel Avanzado 2)

Las enseñanzas de nivel avanzado tendrán una duración de 280 horas (dos cursos escolares) para todos los idiomas.

Al finalizar este nivel, el alumnado deberá superar una prueba específica para obtener el certificado de nivel avanzado.

El mencionado certificado acreditará un nivel de competencia B2, tal y como éste se describe en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas del Consejo de Europa

ENSEÑANZA OFICIAL PRESENCIAL:

Es la enseñanza en la que el alumno asiste regularmente a clase a lo largo de un curso académico completo. La Enseñanza Oficial es presencial y la asistencia a clase es obligatoria.

Se imparten un mínimo de 140 horas de clase por curso académico, en grupos con las siguientes opciones:

  1. Opción A - clases diarias de lunes a viernes en el primer cuatrimestre y de lunes a jueves en el segundo cuatrimestre.
  2. Opción B - dos horas de clase los lunes y miércoles y viernes alternos en el primer cuatrimestre y lunes y miércoles en el segundo cuatrimestre.
  3. Opción C - dos horas de clase los martes y los jueves y viernes alternos en el primer cuatrimestre y martes y jueves en el segundo cuatrimestre.

 

La oferta con el número de grupos autorizados por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, así como los horarios y tipos de cursos se hacen públicos antes del inicio del proceso de matrícula

 

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